SCJN frena facultades de la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo para intervenir comunicaciones privadas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo que pretendían permitir la intervención de comunicaciones privadas y la localización geográfica en tiempo real.

La resolución se dio tras una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que impugnó varios artículos del decreto 085, publicado el 10 de enero de 2025.

El máximo tribunal del país determinó que la Fiscalía Anticorrupción estatal no cuenta con facultades para solicitar la intervención de comunicaciones privadas, ni puede delegar dicha atribución. Además, señaló que tampoco puede requerir la localización geográfica en tiempo real sin establecer con claridad los delitos investigados o condiciones de urgencia.

La Corte concluyó que estas disposiciones vulneraban derechos fundamentales como la privacidad, la intimidad y la seguridad jurídica, además de contravenir el principio de legalidad.

Asimismo, resolvió que el Congreso de Quintana Roo excedió sus competencias, ya que la regulación de estos mecanismos corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión en materia procesal penal.

Otro punto relevante fue la invalidez de disposiciones relacionadas con medios de apremio y faltas administrativas, al considerar que estaban mal definidas, sin precisar su gravedad ni las autoridades responsables de sancionarlas.

Con esta decisión, la SCJN reafirma los límites legales de las autoridades estatales y refuerza la protección de los derechos fundamentales frente a posibles abusos en materia de vigilancia e investigación.

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